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Ley N° 21.772

Información obligatoria de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales

Transparencia notarial

En cumplimiento de la Ley N° 21.772, esta Notaría pone a disposición del público la información sobre aranceles, la declaración de intereses y patrimonio del notario titular, y los informes de las visitas de fiscalización. Seleccione una sección para desplegar su contenido.

REPÚBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIVISIÓN JUDICIAL
Depto. Judicial
F.10435 NT.365 07.09.98
PGG/RSC/cta

Arancel de los Notarios Públicos

DECRETO EXENTO N° 587

Santiago, 27 de Noviembre de 1998

Hoy se decretó lo que sigue:

VISTOS: el artículo 32, N°8 de la Constitución Política de la República; lo dispuesto en el artículo 54° de la Ley N°16.250, de 21 de Abril de 1965, modificado por el artículo 4° de la Ley N°17.570, de 12 de Diciembre de 1971, y los artículos 3° y 9° de la Ley N°18.018, de 14 de Agosto de 1981; lo dictaminado por la Contraloría General de la República en el Oficio N°19.298, publicado en el Diario Oficial de 12 de Junio de 1981, lo informado por la Excma. Corte Suprema, por oficio N° 1544, de 2 de Septiembre de 1998,

D E C R E T O :

Artículo 1°

Los Notarios podrán cobrar como máximo en el ejercicio de los actos de su ministerio, los derechos que a continuación se expresan:

  1. Por el otorgamiento de toda escritura pública de la cual no se haga mención especial en este decreto, $2.500.-

    Además, como recargo sobre el derecho establecido en el inciso anterior podrán cobrar un uno por mil calculado sobre el monto del acto o contrato fijándose en $128.000.000.- el límite de aplicación del referido recargo. Sin embargo, éste no procederá respecto de las escrituras de promesa de celebrar un acto o contrato ni de las de cancelación, ni las de modificación de contratos, salvo que estas modificaciones importen aumento de su cuantía en cuyo caso se aplicará sobre la diferencia y sujeto al mismo límite máximo.

    Para la aplicación de este recargo respecto del contrato de hipoteca con cláusula de garantía general, se considerará monto del contrato el avalúo fiscal de los bienes raíces gravados; en el contrato de prenda con cláusula de garantía general, el monto será el valor asignado a las especies gravadas.

    • • •

    Aquellas escrituras que den cuenta de un acto o contrato no susceptible de apreciación pecuniaria, como mandatos, reglamento de copropiedad, prohibiciones u otras pagarán por concepto de recargo la cantidad única de $2.500.-

    En las Notarías que no sean de Santiago, se aplicará duplo del recargo establecido en el inciso segundo de este número, sujeto al mismo límite máximo.

  2. Cuando se tratare de diligencias anexas a una escritura, el derecho será de $1.500.- por diligencia.

  3. Por el otorgamiento de testamento abierto, $7.500.-, y cerrado, $10.000.-

    Si se otorgan fuera de la Oficina, estos valores se duplicarán.

    Además de los valores indicados, deberá pagarse el derecho que corresponda por concepto de carátula o copias.

  4. Por los certificados y anotaciones al pie o al margen de un instrumento público, $800.-. Por cada certificación de estas anotaciones, $250.-

  5. Por la autorización de firma de instrumentos que tienen apreciación pecuniaria:

    Hasta $50.000.-$500.-
    Más de $50.000.- y hasta $150.000.-$1.000.-
    Más de $150.000.- y hasta $200.000.-$1.500.-
    Más de $200.000.- y hasta $500.000.-$2.000.-
    Sobre $500.000.-$3.000.-

    Los valores indicados se aplicarán cualquiera sea el número de firmas que contenga el documento.

    En caso que el acto o contrato cuya firma se autorice no fuere susceptible de apreciación pecuniaria, el valor será de $800.-, cualquiera sea el número de firmas que contenga el documento.

  6. Certificado de Supervivencia $250.-

  7. Certificado de Estado Civil $250.-

  8. Autorización para salir del país con tres copias del documento $1.500.-

  9. Cartas poderes $800.-. Cuando estos documentos se otorguen para cobrar asignaciones familiares, pensiones de jubilación, retiro o montepío, serán extendidos sin costo.

  10. Declaraciones con una o más firmas $500.-

  11. Compraventa de cosas muebles $2.500.-, más el uno por mil sobre el monto de acto o contrato, cualquiera sea el número de ejemplares, no pudiendo exceder este derecho de $10.000.-

    El recargo aplicable a la compraventa de automóviles se determinará considerando la tasación efectuada por el Servicio de Impuestos Internos para la liquidación del impuesto a la compraventa.

  12. Notificación de prenda, alzamiento de las mismas o cesión, $2.500.-

  13. Certificación de documentos, $500.-

  14. Obtención de firma, $1.500.-, por cada una de las que obtengan en lugares distintos.

  15. Diligencias del Notario fuera de la oficina. $5.000.- más el valor de las actas.

  16. Instrucciones: por cada instrucción en el Libro respectivo, el arancel será convencional.

  17. Por la protocolización de instrumento, $2.000.-

  18. Por la autorización de cada copia, $500.-

  19. Por asistencia a Juntas Generales de Accionistas de Sociedades Anónimas, hasta $10.000.- por hora.

  20. Por protesto de letras:

    Hasta $50.000.-$1.000.-
    Más de $50.000.- y hasta $100.000.-$1.300.-
    Más de $100.000.- y hasta $200.000.-$1.600.-
    Más de $200.000.- y hasta $300.000.-$1.900.-
    Más de $300.000.- y hasta $400.000.-$2.200.-
    Más de $400.000.- y hasta $1.000.000.-$2.500.-
    Más de $1.000.000.- y hasta $1.500.000.-$3.500.-
    Más de $1.500.000.- y hasta $3.000.000.-$4.000.-
    Más de $3.000.000.- y hasta $5.000.000.-$5.000.-
    Sobre $5.000.000.-$6.000.-

    Por requerimiento de aceptación o pago de letras cuyo protesto no se efectúe, el cincuenta por ciento de los valores determinados anteriormente, más $500.- por cada citación.

  21. Por notificación de ofertas de pago, hasta $4.000.-

  22. Por custodia de testamentos, documentos, dineros o valores, $5.000.-. Si los dineros o valores excedieran en su monto de $800.000.- el arancel será convencional.

  23. Por la concurrencia al otorgamiento de un instrumento público o certificación de una firma fuera de su Oficina, hasta $5.000.-, además de los derechos que correspondan al otorgamiento o certificación; y si ello ocurriere en horas comprendidas entre las 20:00 y las 08:00, o en día inhábil, el arancel será convencional.

Artículo 2°

Además de los derechos de otorgamiento, el Notario percibirá $300.- por cada página de escritura matriz.

Por copias de escrituras y actas de protesto se cobrará un derecho de $300.- por carilla de la copia.

Artículo 3°

Los certificados o documentos que autorice el Notario para acreditar el derecho a asignación familiar estarán exentos del pago de derechos o de cualquiera prestación pecuniaria.

Artículo 4°

Los derechos que determina el presente arancel son los máximos, pero no incluyen los gastos de movilización en que incurran los Notarios al practicar diligencias fuera de su oficio, los que serán de cargo de los interesados.

Tampoco comprenden el valor de otros servicios profesionales que prestare el Notario a los interesados, distintos de su función como Ministro de Fe, el que se regulará convencionalmente.

Los Notarios deberán dejar constancia en cada matriz y en las copias y documentos que otorguen, el valor de los derechos que perciben conforme a las disposiciones de este arancel, sin perjuicio de emitir los comprobantes legales que correspondan.

Artículo 5°

Los Notarios deberán, dentro del plazo de treinta días contados desde la publicación de este decreto en el Diario Oficial, fijar en todas las dependencias en que se atienda público, un cartel que contenga íntegramente el arancel, cuyas dimensiones no podrán ser inferiores a 30 cm. de ancho por 60 cm. de largo, el que será ubicado en lugares de fácil consulta para el público.

Cualquier persona podrá formular reclamos por el incumplimiento de los preceptos de este arancel a la Intendencia o Gobernación respectiva, las cuales, una vez que hayan comprobado la procedencia de la denuncia, deberán comunicarla a los Tribunales de Justicia para los fines a que haya lugar.

Asimismo, podrán presentarse dichos reclamos ante los Ministros Visitadores o Jueces, en su caso, que tengan a su cargo la fiscalización del oficio respectivo.

Artículo 6°

Derógase el decreto exento N°74 de 9 de Marzo de 1994.

Artículo 7°

El presente decreto empezará a regir a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Anótese, comuníquese y publíquese.

POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA

Ministro de Justicia Subrogante

Lo que transcribo para su conocimiento.
Le saluda atentamente,

CONRADO CHAPARRO RIVEROS

Subsecretario de Justicia Subrogante

REPÚBLICA DE CHILE
PODER JUDICIAL
DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO

Declaración de Patrimonio

DEBEUF PONCE DE LEÓN BERNARD MANUEL

Declaración N° 112127

Documento público correspondiente a la declaración de intereses y patrimonio del Notario, efectuada conforme a la Ley N°20.880. La información se reproduce íntegramente a partir del documento oficial emitido por el Poder Judicial.

Declaración

Fecha de la Declaración30/03/2026
Tipo de DeclaraciónACTUALIZACIÓN PERIÓDICA (MARZO)
PaísCHILE
RegiónVII-MAULE
ComunaMolina

Declarante

Datos Personales

R.U.N.8.555.294-5
NombresBERNARD MANUEL
Apellido PaternoDEBEUF
Apellido MaternoPONCE DE LEÓN
Profesión/OficioABOGADO
Estado CivilVIUDO(A)
Régimen PatrimonialSEPARACIÓN TOTAL DE BIENES
DomicilioIndependencia 2001, Molina

Datos de la Entidad/Institución por la que declara

Servicio/EntidadPODER JUDICIAL
Cargo o FunciónNOTARIO
Grado o Renta Mensual00
Tipo de MonedaCLP
Fecha de Asunción en el Cargo16/12/2022
Región de DesempeñoVII-MAULE
Comuna de DesempeñoMolina
País de DesempeñoCHILE

Datos de él/la Cónyuge o Conviviente Civil

No registra datos.

Datos del/los Pariente(s)

Pariente 1
NombreBERNARD MILIVOJ JEAN ROBERT DEBEUF VALENZUELA
ParentescoHIJO(A)
Fecha de Nacimiento27/02/2003
Tutela/Curatela
Pariente 2
NombreÁLVARO FERNANDO VALENZUELA GONZÁLEZ
ParentescoCUÑADO(A)
Fecha de Nacimiento15/12/1983
Tutela/CuratelaNo
Pariente 3
NombreANA MARÍA VALENZUELA GONZÁLEZ
ParentescoCUÑADO(A)
Fecha de Nacimiento29/09/1977
Tutela/CuratelaNo
Pariente 4
NombreOSCAR MILIVOJ VALENZUELA PARAVIC
ParentescoCUÑADO(A)
Fecha de Nacimiento19/12/1965
Tutela/CuratelaNo
Pariente 5
NombreRODRIGO FRANCISCO JOSÉ VALENZUELA GONZÁLEZ
ParentescoCUÑADO(A)
Fecha de Nacimiento06/12/1980
Tutela/CuratelaNo
Pariente 6
NombreNEVENKA DRAGICA PARAVIC RAIC
ParentescoSUEGRO(A)
Fecha de Nacimiento03/02/1940
Tutela/CuratelaNo
Pariente 7
NombreOSCAR ESCIPION VALENZUELA GÁLVEZ
ParentescoSUEGRO(A)
Fecha de Nacimiento20/01/1938
Tutela/CuratelaNo

Actividades

Actividades en que haya participado en los últimos 12 meses anteriores a la asunción del cargo

Tipo de ActividadRubro, Área o Tipo de Actividad¿Dato sensible (Ley 19.628)?
PROFESIONALNOTARIA(O)No
PROFESIONALNOTARIA(O)No

Actividad que realiza o en que participa a la fecha de la declaración

No registra datos.

Observación Actividades

No registra observación.

Bienes Inmuebles

Bien Inmueble situado en Chile

Inmueble 1
RegiónV-VALPARAÍSO
ComunaConcón
Direcciónavenida Con Cón Reñaca 4000
N° de Inscripción3888
Fojas4066
Año2021
Rol de Avalúo6001-37
Conservador de Bienes RaícesCONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE CONCÓN
Avalúo Fiscal$52.195.118
Fecha de Adquisición24/08/2021
Forma PropiedadPLENA PROPIEDAD
¿Es su domicilio?No
Prohibición / Gravamen / LitigioNo registra
Inmueble 2
RegiónV-VALPARAÍSO
ComunaConcón
Direcciónavenida Con Cón Reñaca 4000
N° de Inscripción3889
Fojas4067
Año2021
Rol de Avalúo6001-381
Conservador de Bienes RaícesCONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE CONCÓN
Avalúo Fiscal$10.939.652
Fecha de Adquisición24/08/2021
Forma PropiedadPLENA PROPIEDAD
¿Es su domicilio?No
Prohibición / Gravamen / LitigioNo registra

Bien Inmueble situado en el Extranjero

No registra datos.

Bien Inmueble situado en Chile por Acción

No registra datos.

Derechos de Agua

No registra datos.

Concesiones

No registra datos.

Bienes Muebles

Vehículos Motorizados (Livianos y Pesados)

Vehículo 1
Tipo de VehículoAUTOMOVIL
MarcaSUBARU
ModeloWRX
Año de Fabricación2022
Año de Inscripción2025
Avalúo Fiscal$22.200.084
GravámenesPRENDA
Vehículo 2
Tipo de VehículoAUTOMOVIL
MarcaOPEL
ModeloASTRA GLE AT
Año de Fabricación1995
Año de Inscripción1995
Avalúo Fiscal$813.078
GravámenesPRENDA
Vehículo 3
Tipo de VehículoAUTOMOVIL
MarcaMERCEDES BENZ
ModeloC 200
Año de Fabricación2015
Año de Inscripción2024
Avalúo Fiscal$11.303.046
GravámenesPRENDA

Aeronaves

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Naves o Artefactos Navales

No registra datos.

Bienes Muebles Registrables

No registra datos.

Derechos o Acciones

Derechos o Acciones en entidades constituidas en Chile

Participación 1
TítuloDERECHO
Cantidad/Porcentaje50
Nombre o Razón SocialDEBEUF Y COMPAÑIA LIMITADA
PaísCHILE
R.U.T.77.835.770-4
Giro registrado en el SIISOCIEDAD DE PROFESIONALES
Fecha de Adquisición29/10/2002
Valor Corriente$1.000.000
GravámenesOTRO
¿Calidad de controlador o influye decisivamente?No

Derechos o Acciones en entidades constituidas en el Extranjero

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Valores

Instrumento o Valor Transable en Chile

No registra datos.

Instrumento o Valor Transable en el Extranjero

No registra datos.

Pasivos

Pasivo Global (Sólo si es mayor a 100 UTM)

Tipo de Obligación o DeudaNombre AcreedorMonto Adeudado
TARJETAS DE CRÉDITO BANCARIASBANCO INTERNACIONAL$470.000
TARJETAS DE CRÉDITO NO BANCARIASFALABELLA$1.000.000
TARJETAS DE CRÉDITO BANCARIASSCOTIABANK$1.152.163
CRÉDITO HIPOTECARIOBANCO SANTANDER$68.940.714
CRÉDITO DE CONSUMOBANCO SANTANDER$117.038.649
LÍNEA DE CRÉDITOBANCO INTERNACIONAL$0
TARJETAS DE CRÉDITO BANCARIASBANCO SANTANDER$1.250.692
Monto Global en Pesos$189.852.218

Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

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Contratos y otras Fuentes

Contratos

No registra datos.

Otras Fuentes de conflicto de intereses

No registra datos.

Patrimonio Cónyuge

No registra datos.

Patrimonio Pariente

No registra datos.

Código de verificación del documento:

GPYMCJXXXLP Verifique la validez de este documento en verificadoc.pjud.cl

Las visitas a las notarías las realiza la Fiscalía Judicial de la Corte de Apelaciones respectiva, de manera trimestral, conforme a los artículos 353 y 564 del Código Orgánico de Tribunales. A continuación se publican los informes recibidos.

Período Fecha de la visita Fecha del informe Organismo Documento
2° trimestre 2026 27 de abril de 2026 8 de mayo de 2026 Fiscalía Judicial — Iltma. Corte de Apelaciones de Talca Ver informe